Las sanciones y penas en un caso DUI dependen, en parte, si la persona tiene cualquier condenas previas para un DUI (o una ofensa similar) y cuando se produjeron esas condenas anteriores. Pueden existir diferentes sanciones para casos DUI de segundo o subsiguientes incluyendo:
una segunda condena DUI fuera de cinco años, una segunda condena de DUI dentro de cinco años, una tercera condena DUI fuera de diez años de una previa; una tercera condena DUI dentro de diez años de un previo; condena DUI posterior o cuarto de ora.¿Así que lo que cuenta como una previa condena DUI bajo la ley de la Florida?
Sección de estatuto de Florida 316.193(6)(k) proporciona:
Con el propósito de esta sección, cualquier condena por violación de s. 327.35 una condena previa por la violación de la antigua s. 316.1931, s. ex 860.01 o ex s. 316.028; o una condena previa fuera de este estado por conducir bajo la influencia (DUI), conducir intoxicado (DWI), conducir con un nivel de alcohol en sangre ilegal, conducir con un nivel de alcohol de aliento ilegal (DUBAL), o cualquier otro similar relacionada con el alcohol o drogas ofensa de tráfico asociados a ellas, también se considera una condena previa por violación de esta sección.
¿Qué es el fiscal necesario para hacer a prueba la convicción previa de DUI existe?
En la mayoría de los casos, los registros de la Florida presentarle son suficientes para establecer la convicción previa de DUI. Esencialmente, una copia certificada del registro conducción que muestra la convicción previa crea una presunción refutable de que la condena de DUI previa ocurrido. Sección de estatuto de Florida 316.193(12) proporciona:
…Si los registros del Departamento de seguridad de carreteras y vehículos de Motor
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